INSSJP - Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
 
 
 

Preguntas Frecuentes

  1. ¿Qué Deudas comprende esta Consolidación?

  2. ¿Alcanza a todas las deudas sin exclusiones, ni límites de monto o fecha?

  3. En caso de ser titular de un crédito alcanzado por la consolidación, ¿debo iniciar algún trámite para el cobro?

  4. ¿La presentación es personal?

  5. ¿Dónde debo efectuar la presentación?

  6. ¿Cómo inicio el trámite?

  7. ¿Cuál es la documentación que debo presentar para la verificación del crédito?

  8. ¿En caso de ser acreedor de una Deuda Judicial debo presentar alguna documentación adicional?

  9. No tengo el número de expediente de facturación de las facturas alcanzadas por la consolidación. ¿Cómo presento el reclamo?

  10. Los acreedores con domicilio en el interior del país ¿debemos constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires?

  11. ¿Qué orden de tratamiento se dará: por fecha de presentación o por monto de la deuda?

  12. ¿El monto reclamado, debe estar certificado por un Contador Público?

  13. ¿Cómo deben efectuar su presentación los profesionales de Convenios Capitados con Gerenciadoras?

  14. ¿Cuál será la forma de pago en que el Instituto cancelará la deuda?

  15. ¿Cuáles son las condiciones de emisión de los Bonos de Consolidación Octava Serie?


Volver

2019 PAMI - Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados