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PROGRAMA DE ATENCIÓN DE LAS PERSONAS CON HIPOACUSIA



A través del Programa de Atención de las Personas con Hipoacusia incorporamos a La Libertad de Elegir una nueva y mejor cobertura de audífonos. Las afiliadas y los afiliados pueden elegir a su especialista en otorrinolaringología, su centro auditivo y, desde ahora, acceder a sus audífonos de forma rápida y ágil en todo el país.

Además, implementamos un nuevo circuito para el diagnóstico, la solicitud y la entrega que reduce los tiempos de espera y elimina los trámites administrativos, ya que las y los especialistas solicitan los audífonos de manera directa.

Mejoramos y aumentamos la prestación sumando a nuestra cartilla los centros auditivos más prestigiosos de todo el país. Ahora contamos con más de 120 centros para garantizar una mejor atención con turnos más rápido y entrega en menor tiempo.

El nuevo servicio incluye la provisión de audífonos que pueden ser para uno o ambos oídos de acuerdo a la indicación del especialista, la entrega del equipo, una calibración al primer mes y a los 6 y 12 meses y la garantía por 1 año. Además, para cubrir posibles defectos en la impresión de los mismos, se contempla el cambio de molde dentro de los tres meses a partir de la entrega.

Con el PROGRAMA DE ATENCIÓN DE LAS PERSONAS CON HIPOACUSIA damos un paso más en La Libertad de Elegir.

¿Qué implica esta nueva medida?

  • Se aprueba un nuevo MENÚ PRESTACIONAL en el que se habilita el módulo 438 - ATENCIÓN DE PERSONA CON HIPOACUSIA para la prestación y la provisión de equipamiento de otoamplífonos que incluye la prueba, selección, calibración y mantenimiento de equipo audiológico.
  • Se establece la LIBRE ELECCIÓN DE PRESTADORES que hayan adherido al nuevo MenĂº Prestacional.
  • Se implementa la modalidad retributiva de pago por PRESTACIÓN.
  • Se establece la obligatoriedad del uso del Sistema OME para asignar turno y validar la atención de la primera consulta, que incluye la entrega de estudios, selección de audífonos, toma de impresión del molde auditivo.
  • Se establece la obligatoriedad de utilizar la ORDEN DE PRESTACIÓN (OP) para todos los prestadores que brinden la prestación y la provisión de otoamplífonos para la audición, emitiendo las solicitudes a través del Sistema Interactivo de Información (SII).
  • Las Órdenes de Prestación tendrán 90 días de vigencia desde la fecha de generación o autorización.

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Normativa





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